miércoles, 19 de marzo de 2014

¿EN QUÉ RADICA EL MEOLLO DEL CASO PETRO?


1-      El voto popular  es un elemento esencial de la democracia

2-      Garantizar   el voto popular  es un elemento esencial de la  democracia

3-      Es deber del Presidente  garantizar  la preservación del voto popular, es decir, de la  democracia.

4-      En el caso Petro  no hay delito , sino mala administración, a juicio del  Procurador
 
5-      No habiendo delito,    la Procuraduría solo puede  tomar medidas  administrativas sancionatorias, no penales, ni políticas

6-      La extralimitación  de  funciones de un Funcionario (  el Procurador, que  priva por 15 años  del ejercicio  de   la política)   amerita  tomar medidas cautelares y acatar   el concepto de  la Comisión 

7-      Las elecciones del 6 de abril   serán  la expresión de la   voluntad popular de los bogotanos para decidir  si  Petro  se va o se queda 

8-      La Corte Constitucional ( post elecciones  de 6 de abril) tendrá la última  palabra y la oportunidad de  revisar  su propia jurisprudencia   en relación con la prevalencia de la democracia   frente a  la privación de derechos  políticos ) es decir  “la muerte política” decretada  por  un  funcionario, en este caso,  el Procurador, lo que viola un derecho humano fundamental.


      MAÑANA JUEVES :   CEPEDA, DOS URIBES Y  DUZAN




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