lunes, 26 de abril de 2021

RED PaPAZ, COMIDA CHATARRA GASEOSAS ... Y LA MORALEJA

( PARTE 2)



Hay   dos maneras en  Colombia de  lograr que   las cosas NO se  hagan:  1-  pedirle   todo  al Gobierno de turno  ( nacional, departamental o municipal), y  2-  Esperar pasivamente que los caudillos políticos de cualquier color político (uribista, petrista,  fajardista,  gavirista, polista, duquista etc. etc) le  vayan a hacer caso a las peticiones ciudadanas concretas. 

Ejemplo:  solo ahora, con un  retorno a lo presencial, y gracias al  periodismo que lo menciona  de paso, se cayó  en cuenta  que hay  escuelas públicas sin baño, lo que  muestra una pasividad  inaceptable  de la ciudadanía. 

Porque en el fondo,    lo  que  quisieran  los  colombianos  son    realizaciones  sencillas más allá de los grandes discursos y de días del  IVA:  que se resuelvan los problemas prioritarios, como   que no haya en el país una escuela sin  que los  niños puedan hacer sus necesidades y lavarse las manos En  otras palabras,  que haya higiene  y salud (lo cual distingue un país desarrollado de uno no  desarrollado o  estancado).

¿Qué   quieren los colombianos? Que   los  gobiernos los  respeten.  Que la gente se alimente bien. Y, desde luego,  que  sus hijos  puedan aprender a leer, escribir,  analizar, y decidir        ( individual o colectivamente).  

 Quieren que  toda la  ciudadanía tenga  acceso a internet y no  se reiteren  las promesas de  internet  para todos por parte de los ministros TIC, mientras  algunos niños  deben  subirse a los árboles para captar la  señal. 

Por eso  siempre me han llamado la atención  proyectos  concretos  y focalizados en  cualquier campo. No pretenden  cambiar   al mundo, pero si provienen  de  una acción o reacción ciudadana,  trátese de exportar aguacates o  de  mejorar la vida  cotidiana.

***

En ese  contexto, las  metas pequeñas son  a veces más  efectivas que  los  anuncios  grandilocuentes, que abundan en nuestro país.  Esos  que   nos dan  una versión paradisiaca, como   el programa  Salud  y Prevención, con  entrevistas  escogidas por los realizadores  para que todo salga “ natural .“ 


EMPEZAR POR EL COMIENZO…     

     


Sucede  con   frecuencia que, a veces, los  colombianos recorremos el camino  a la inversa: se  pretende resolver problemas  que han estallado  con un proyecto de ley, en vez de impedir  en la práctica que  esos  problemas  estallen  y luego   ratificarlo  con un  proyecto de ley . 

Con la salud infantil,   volviendo al tema de Red PaPaz,  la comida chatarra y las   gaseosas   están creando un problema   nuevo:  la obesidad  infantil.

Red PaPaz, una  Corporación  de padres y madres se  ha movido en sentidos concretos y  focalizados.   En este caso:  cambiar mentalidades de alimentación y sus consecuencias . 

La alarma  no  es en vano.  En Estados Unidos, la población más pobre ( negra generalmente) es de una obesidad  casi irrecuperable,  y representa un  buen ejemplo de  las consecuencias  del conque  estimulen la  formalización de casi la mitad del quienes trabajan   en comercio).  

Como se vio  en  la parte I ,  la Corporación  Red PaPaz  ganó  con la  comida chatarra la primera batalla: la de las  mentalidades. 

Con  sentencia de la Corte Constitucional,  logró , por persistencia y resistencia,   entrar por la puerta de atrás del  consumismo.  

Y se  focalizó  al lograr  que  su impactante  mensaje  “¡No más mentiras! “ sobre  comida chatarra se aceptara  en  TV sin  revisión previa de  los canales RCN y Caracol  ( que probablemente lo habrían  rechazado)
   
Pero  la Corporación  de padres y madres  Red PaPaz demostró que  no se trataba de un  mensaje engañoso  sino  de una realidad  avalada por las  Organizaciones  Panamericana y Mundial de la  Salud.   Recibió el apoyo de la ONG De Justicia, e  internacionales como  la Asociación Civil  Mexicana del Poder  del Consumidor, entre otros.  

 La Corte  Constitucional, en su  sentencia T-41,  reiteró que  se trata  de un mensaje  de interés público y es una causa social que no requiere de revisión previa  por  parte de  los medios de comunicación. Puede  asi  cohabitar  con  la avalancha   de publicidad  que,  a mi modo de ver, induce a la obesidad infantil .     

El paso siguiente  es el proyecto de  ley,  que ya fue  aprobado por la   Cámara (aunque  le  mochó  el etiquetado externo )  

https://www.eltiempo.com/politica/congreso/proyecto-ley-sobre-la-comida-chatarra-deja-de-lado-la-informacion-de-riesgos-en-las-etiquetas-234956

 Y en el caso delas gaseosas,  ojalá los senadores no antepongan su temor   a  la reacción mediática  de  propietarios de medios de comunicación,   por encima del    interés  público . 

Senadores  de  todas las tendencias:  aprueben el proyecto    sin quitarle  los dientes  y  el por  bien de las futuras     generaciones,   de la libertad de expresión de  los ciudadanos y de su propio  prestigio.  




 


sábado, 24 de abril de 2021

Opinar es debatir sin pelear: "COMIDA CHATARRA": OTRA PROEZA CON CHISPA DE R...

Opinar es debatir sin pelear: "COMIDA CHATARRA": OTRA PROEZA CON CHISPA DE R...: Nueva  campaña de Red PaPaz Colombia es, sin duda, un país en el  que se cree que  la ley resuelve   asuntos que finalmente   no terminan re...

"COMIDA CHATARRA": OTRA PROEZA CON CHISPA DE RED PaPAZ



Nueva  campaña de Red PaPaz


Colombia es, sin duda, un país en el  que se cree que  la ley resuelve   asuntos que finalmente   no terminan resolviéndose  en la práctica. 

Si usted no es abogado, abogada o  abogadE ( cono se intenta  decir  ahora a los LGVT)   sospecho que no ha leído una de las tantas  sentencias,  de temas  fundamentales,  que hacen  escándalo mediático, pero luego se esfuman en el limbo  etéreo de la ignorancia.

En la era  de  la velocidad,  los fallos colombianos son flor de un día y desaparecen por varias  razones.  La primera:  muchos periodistas solo leen la  parte  resolutiva  ( el RESUELVE) y  se focalizan  en quien perdió y quien ganó.  Ejemplo :  la tutela  interpuesta por el  Coronel Estupiñan a Vicky  Dávila, caso por cierto todavía  no  resuelto, pues falta que la Corte Constitucional   decida  si lo  revisa o  no.

La  segunda razón por la que Ud. no lee las sentencias es porque le pudo dar soponcio en el intento debido a  su longitud  ( Ejemplo: la de la  Corte Constitucional que  resuelve la Tutela  de Carolina  Sanín  a la Universidad de los Andes tiene  210 páginas  de bien  apretada escritura) . Las demás ( razones ):   porque   el lenguaje   es decimonónico  y  repetitivo, resultado de  la mala costumbre   de   reiterar lo dicho en conclusiones que no  lo son y de utilizar  palabras   que  ya  no se usan, como si  eso le  diera mayor  credibilidad  a  lo escrito.

En el tedio  de esta pandemia,  frente a tanta peleadera  que hay en el debate  público sobre el poder   judicial   o   cuando el Presidente, en trance  de decretitis, dispone  que el Consejo   de Estado  lo juzgue,     he tomado  una decisión. Dedicarme – a ratos- a  resumir,  con perdón de  los magistrados,  algunas sentencias de la Corte Constitucional. Y por  supuesto, invito a que   los demás hagan lo mismo,  como ejercicio mental de lectura y  análisis.


Empiezo por  un fallo de la Corte Constitucional que ha   tenido una   enorme repercusión tanto mediática  como  para la  protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, pero también, de la libertad  de expresión.   

Y en la parte  II, la próxima semana,  explicaré – no  “de que se trata  eso de la tutela”  ( horrible  anglicismo hoy   en furor colombiano)   sino cuales son las repercusiones   en la práctica mediática y  sobre  la protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes.

 Eso sí, luego de que se enteren del fallo. Aquí va el resumen  escueto de 60 páginas  de la sentencia,  con mis  respetuosas excusas que, espero,  los  honorables  magistrados  acepten., con el ánimo de  divulgar su labor.

TUTELA T- 145 del 2 de abril de   2019
CORTE CONSTITUCIONAL DE COLOMBIA
Magistrada ponente Cristina Pardo Schelinger
Salvamento de  voto Alberto Rojas Ríos
60 páginas
(Resumen MTH)

Temas: derecho a la libertad de expresión  y discursos protegidos, prohibición de censura  previa, diferencia entre publicidad y mensajes informativos, derecho a la  libertad de información,  control previo de contenido, control constitucional estricto, competencia  de la autoridad regulatoria  (ANTV)

Asunto:  Video de Red PaPaz   cuyo carácter es esencialmente informativo”,    que  cuenta con el correspondiente   soporte informativo   sobre las consecuencias, no solo de obesidad de la    “comida chatarra”  .  La representante solicitó al Consorcio de  Canales  Nacionales  y Privados  CCNP el código para   transmitir el mensaje informativo, que había sido  aceptado por múltiples  canales internacionales   como  Fox, Discovery Channel, History Channel,  National Geographic  etc. El CCNP negó   código porque su contenido  era  polémico y podía  generar   prevención de los anunciantes de productos  comestibles.  El CCNP  le sugirió   dirigirse  a   RCN y CARACOL


Accionante:  Carolina Piñeros,  representante de la Corporación colombiana de padres y madres  Red PAPAZ, entidad sin ánimo de lucro
Accionados :  Caracol  Televisión S.A. y RCN Televisión S. A. , integrantes del Consorcio de Canales Nacionales Privados.

Primera instancia:   Sección   Segunda del Juzgado 15 Administrativo del  Circuito Judicial de Bogotá. Ordenó traslado a las  cadenas    RCN y Caracol y    vincular  a la  Autoridad Nacional  de TV.  ANTV se declaró   no competente y solicitó ser desvinculada. Caracol  S.A. y R.C.N .  S.A. exigieron  que Red Papaz adjuntara    el documento de la Organización Panamericana de la  Salud    adverso a  la comida v chatarra y  2- los estudios y soportes científicos  según los cuales cereales, jugos,  bebidas gaseosas y papas fritas  eran  constitutivos de  “comida  Chatarra”.    La ANTV   concluyó que no era competente ;  RCN y  Caracol  alegaron  obligación de examinar su contenido“ pues  “al tratarse  de publicidad,  los canales de TV  privados  están en la  obligación de verificar el contenido” ( art.30 del estatuto del consumidor). Se pronunció   “amicus curiae”  la  Asociación   Civil Mexicana del Poder del Consumidor, cuestionando la censura previa y que   la iniciativa de  red  Papaz  “tenía como finalidad proveer información valiosa respecto a la obesidad infantil, los daños que el consumo de refresco genera en los menores , las medidas preventivas más importantes y fomentar el apoyo  a éstas.”
https://www.redpapaz.org/wp-content/uploads/2018/06/Sentenciatutelanocomasmasmentiras.pdf


Segunda Instancia:    Caracol y RCN  impugnaron la  sentencia.  .Subsección C, Sección Tercera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca acepta  la impugnación y el derecho de defensa  de los afectados:  declara que es un mensaje publicitario  y no de información y que por lo tanto los medios tienen la obligación de verificar la veracidad. Acepta  que la ANTV   se desvincule del fallo pues “ no tiene  competencia legal ni constitucional para exigir a los canales privados de Tv el  cumplimiento de la orden judicial”.   

DE JUSTICIA : Interviene como coadyuvante. Alega que “el mensaje es de naturaleza  informativa y no publicitaria”; que “es  un ejercicio de la libertad de expresión y no una publicidad”, aboga por los derechos de  los niños e invita a la deliberación ciudadana sobre asuntos de  interés colectivo y solicita   “confirmar la decisión proferida “ por el  juez de primera instancia.

DECISIÓN:  Confirma  la sentencia de primera instancia. Insiste en  que  la ANTV  si es competente para garantizar el cumplimiento de las órdenes  impartidas.


Recurso de insistencia  presentado en  2018   por  el Magistrado Luis Guillermo Guerrero  Pérez  

REVISIÓN 
Corte Constitucional :
https://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2019/T-145-19.htm

Temas : Procede la acción de tutela;  es subsidiaria  “para  detener la vulneración o neutralizar el riesgo de lesión de  derechos fundamentales”; hay estado de indefensión porque existe relación asimétrica entre  el medio y la ONG.  Las personas jurídicas pueden ser titulares de  derechos   fundamentales. Se pronuncia  sobre  las exigencias de revisión  de  los accionados  como requisito para  dar el  código de  transmisión :  1-  certificación de la   Organización  Panamericana de salud y  2- estudios  con  soportes   científicos sobre la “comida chatarra”. 

Argumentos :
Legitimación por activa y por  pasiva, ( es decir,  Recalca  carácter de inmediatez   que quien interpuso la tutela  y contra quien se impuso ( RCN y CARACOL) cumplen los requisitos, y la  inmediatez de evitar una violación del derecho,  asiícomo  el  derecho a la libertad  de expresión   sin censura. 
  Para   respaldar lo anterior,  y en particular el derecho a la  libertad de expresión sin censura previa,  cita     disposiciones internacionales  así :  Pacto internacional de derechos civiles y políticos , artículo 19;  Declaración Universal de DDHH,  artículo 19: Convención Americana sobre DDHH, artículo13;  Declaración  Americana de los derechos y deberes del hombre, artículo IV; Convención  Europea sobre los DDHH, Artículo 10.
El fundamento de la libertad de expresión es  la  dignidad humana, la autonomía de la persona, la relación entre  libertad de expresión y democracia. Además, reitera la doble dimensión ( individual y colectiva) de la libertad de expresión , que es una “garantía constitucional”.

en cuando al derecho a la información   es  un “elemento normativo diferenciable de la  Libertad de Expresión, como lo es  la  “libertad de prensa” como “libertad de  fundar  medios de comunicación y de administrarlos n sin   injerencias, y la libertad  de funcionamiento  de los mismos, con la consiguiente  responsabilidad social ( MTH es una  interpretación  de la costumbre de llamar “prensa” equiparándola a empresa de comunicación, término que, a mi modo de ver no   está    en la  Constitución.

Las exigencias   hechas por RCN y CARACOL para  transmitir el mensaje no cuentan con un  respaldo legal y la revisión  del mensaje informático que se pretende difundir constituyen una  “censura previa “a la libertad de  expresión" .

En cuanto al  derecho a la libertad de información, “ le asiste una presunción de cobertura de todos los discursos, cualquier prohibición  limitación debe ajustarse al régimen de excepciones  definido  de manera expresa  y  puntualmente en el derecho internacional”. Se  explica  la limitación por “ la obligación primaria de neutralidad del Estado ante los contenidos y de  no  excluir  a priori del debate público”, salvo los de odio,  incitación al genocidio, pornografía infantil,  propaganda de la guerra..

En cambio, enumera  discursos  especialmente protegidos.  Son , entre otros :   los de contenido político ,  los de asuntos de interés público,  los de funcionarios públicos en   ejercicio de  su función,  de candidatos que aspiran a  ocupar cargos públicos, y los que expresen elementos esenciales de la  identidad o dignidad personales.

Reitera que el ejercicio  de la Libertad de  expresión no es un derecho absoluto  y  sus limitaciones  deben  analizarse: si es  de  información relevante lo que  se ha dado por llamar   “el test  tripartito” : 1-  limitación  establecida por   ley  2-  Cuando se orienta a los objetivos  establecidos por la norma ; 3-  cuando esa limitación  es necesaria para que la sociedad democrática logre los fines imperiosos  que se buscan.

  La limitación, en todo caso , debe ser estrictamente proporcionada a dichos fines e idónea  para el logro de los mismos, CIDH. Informe Anual 2019. Informe de la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión.OEA/Ser.L/V/II. Doc. 5. 24 de febrero 2020

Señala  como la Sentencia T-543  de 2017  establece  ejemplos de control  previo  que afectan  la libertad de expresión :  juntas o consejos de  revisión previa, reglas de autorización para la  divulgación de información, controles judiciales o administrativos,  exclusión del mercado,   facultades a organismos estatales para suspender la transmisión de contenidos a través de medios masivos de comunicación

Para la Corte,  en este caso  la  libertad de información a los consumidores debe  someterse a un juicio de  de constitucionalidad estricto :  1- si es información relevante, 2- si habilita a los consumidores a elegir de manera libre;3-  si  garantiza la protección y prevención en materia der  salud, 4- si cumple un función instrumental al facilitar seguimiento a los productos. 

Se hizo  el análisis  de lo que es “ Comida Chatarra”  y ultra procesados, altos en  azúcar, grasas saturadas o socio,  según criterio de la OPS 2016 Red Papaz define como  “ productos 

La   Corte      entiende que no se trata  de publicidad  engañosa y  no se le aplica  el artículo 30 de la ley 1480 de 2011, que por lo demás  no permite un  control previo de la información que se pretende transmitir.   Demuestra así que  el mensaje  de Red Papaz  “no se encuentra encaminado a promocionar  ningún producto con fines lucrativos”.  Considera además que el mensaje es informativo y preventivo.

“Aceptar el control  previo  de los contenidos como lo sugiere la parte accionada implicaría… solicitar las mismas pruebas a las compañías alimenticias que los  producen , lo que configuraría igualmente una violación a la prohibición de  censura”

Caracol  y RCN   (CCNP) “ vulneraron el derecho de la accionante a informar y el derecho   ciudadano a recibir información


RESUELVE LA CORTE CONSTITUCIONAL:

1- Confirmar parcialmente  la segunda instancia,  que  confirmó la primera instancia, la cual concedió la tutela contra Caracol T.V .Y  RCN.S.A.  integrantes del Consorcio de Canales  Nacionales Privados.
2- Revocar el ordinal 4 de  la   parte resolutiva  de la sentencia  de primera instancia.
3- En cuanto a la vinculación  der la ANTV, le de  cumplimiento  al artículo 29de la la ley 182 de 199 . Y sobre la solicitud  de  la entonces ANTV de desvincularla:   “le asiste razón a la ANTV, pues dentro de sus  funciones no está  la de  verificar que  los canales privados de Tv den cumplimiento a lo ordenado por el juez. Pero “ sí le asiste  el deber legal de tomar un rol activo frente a la radiodifusión de contenidos”. Por eso confirma  parcialmente la sentencia  del tribunal,  porque  la  entonces llamada  ANTV ( entidad reguladora) “debe  ejercer el  deber  legal de diseñar o implementar estrategias pedagógicas para que la teleaudiencia  familiar e infantil puedan desarrollar el espíritu  crítico respecto de la información recibida  a través de la  TV”
4- Advierte que   RCN y CARACOL “ en ningún caso podrán adoptar medidas  que directa o indirectamente  impliquen un control previo sobre la información que se pretenda  transmitir en los  en los espacios  de televisión concesionados por el Estado  o  realizar una revisión previa del comercial pautado para modificar, recortar , prohibir su divulgación o suspender la transmisión de su contenido informativo  en uso del servicio público de televisión.”


ACLARACIÓN DE VOTO
Magistrado  Alberto  Rojas 
Aunque  acepta  lo sustancial de la sentencia, en  el sentido de  que “es claro que  las entidades accionadas  vulneraron los derechos fundamentales a la libertad de información  “ de RedPaPaz, al exigir documentación  adicional no prevista por la ley. Pero  “no debía agotarse   el análisis subsiguiente” dejando abierta la posibilidad  de estudiar “la necesidad,  finalidad y proporcionalidad, lo cual es a todas luces inaceptable desde una perspectiva constitucional de la misma”, "en una interpretación  que puede eventualmente considerarse errónea.” Reitera   sin embargo su respeto por la   decisión  de la  Sala Séptima de Revisión de  la Corte  Constitucional.

Espere  Parte II:    Cómo  una ONG   logró  abrir  un boquete en las lógicas  consumistas del mercado  para proteger a los niños, niñas  y  adolescentes.

NOTA  SOBRE OTRO TEMA : ¿NO ES VERGONZOSO  QUE   UNA COLUMNISTA TRATE DE ESA MANERA A LA CORTE SUPREMA COLOMBIANA?












 








martes, 20 de abril de 2021

OTRO LEGADO DE JAVIER DARIO RESTREPO


RESEÑA


 Foto MTH

DISCURSO en su sentido  más puro y  profundo: "Del latín discursus, un discurso es un mensaje que se pronuncia de manera pública.... Para la filosofía, por otra parte, el discurso es un sistema de ideas que se construye de manera social", y no en el sentido -agrego- tan  desprestigiado por  los políticos.

PENSAMIENTO:  porque  no hay   sistema de ideas  que se construya de manera social  sin la fuerza vigorosa  del pensamiento, aplicado  no solo  a  la reflexión sobre sí mismo y su actuar,  sino  sobre los demás, sobre  el  entorno,  el país, el continente y el mundo;  sobre el presente, el pasado y el futuro.

ÉTICA : porque  la ética  es un "Estado de ánimo", como tanto lo dijimos y lo diré,  una reflexión consustancial a la educación, a la formación, al análisis, a la reflexión sin velocidad y al ejercicio  práctico de lo que se afirma. En otras palabras, es la unión del   ser y  el deber  ser.

 Eso implica  reinventarse, palabra  que  tiende   a  desgastarse por el mal uso, el uso ignorante, pero que  Javier   Darío  comprende  como comunicar para humanizar  mediante la palabra, la explicación de los hechos, los puntos  de vista y  las reconciliaciones,  los perdones, y, sobre todo, la esperanza  ( páginas  247-257)

PERIODISMO:   porque el que tantos llaman  "maestro"  fue el ejemplo más socrático ( y artistotélico)  de ese periodismo que ejerció  de manera vital, reflexiva y con  ejemplar  sencillez. Descubriendo el "íntimo encanto" de ser reportero: "un periodista sabe que empezó su agonía profesional  el día en que no recibe  la noticia como un premio que le da la vida, sino como una  rutina del oficio"  (pág . 135)

En este oportuno  recuento   de la  Fundación  Gabo,   a la  cual  aportó tanto    Javier  Darío Restrepo  con su  Consultorio  ético en línea,  sus  talleres, y sus conferencias,  se suma   la dedicación de sus  hijas  Gloria Inés y María José , y  el apoyo de los   financiadores del programa de Ética periodística. 

Ojalá  se convierta  en libro de  cabecera para  consultar de cuando  en  cuando. No de una sola vez, sino   buscando en él la respuesta a dudas,  necesidad de  motivaciones, desesperanzas,  frustraciones  y, desde luego,  la manera de  afrontar futuros inciertos. 






domingo, 11 de abril de 2021

Tres recomendados:

 En Netflix para este confinamiento. No son series larguísimas, aveces de formato  esperado, sino excelentes documentales: 1. Stalin: sátira bufona pero real sobre su muerte y el papel de Nikita Kruchev en la sucesión y el fusilamiento del temible Beria. 2. Hitler (una carrera): análisis histórico de la personalidad del monstruo con archivo fílmicos alemanes , ingleses, franceses y norteamericanos. 3. Prejuicio Cifrado: qué son los algoritmos y cómo la reacción de ciudadanas en USA logró detener (en parte) los sesgos de género y raza de los algoritmos ( contra la supuesta perfección de la inteligencia artificial).

Los tres educan sobre el poder manipulador de los poderosos y la resiliencia de los seres humanos frente a quienes pretenden dominarnos de una u otra manera. Si quiere compartir, comparta. 
 PS : No soy algoritmo  

martes, 6 de abril de 2021

ASÍ LO RECUERDA RUDOLF HOMMES

(Foto MTH)

“Así lo recuerdo” 

Rudolf  Hommes

Colección  Debate. Penguin Ramdom House 

Grupo Editorial, Marzo 2021

465 páginas

Curioso:  durante  cincuenta o sesenta años,  una puede  estar en una vida  paralela con alguien ajeno.  Se entera que otra persona hizo tal o cual  cosa, tuvo tales  o cuales  amigos o amigas  conocidos de ambos,  vivió en tales o cuales  sitios vecinos,  estudió en tal o  cual colegio – el uno en el Alemán, la  otra  en el Liceo Francés  a pocas  cuadras el uno del otro y, sin embargo, nunca se cruzaron. 

 Frecuentaban tal  panadería, iban a tal o cual restaurante, lo vieron amigos o amigas en  el Goce Pagano.  Ni  el uno ni la otra  se  encontraron  más de un par de veces en algún  evento  común  y  se saludaron  quizás como se  saluda en la Bogotá cachaca, es decir, con los  labios  apretados como si costara,  o dejando  que los  ojos  se queden tan  solo un segundo  en el rostro saludado. 

En ese cruce de caminos, los  padres de una y otro tuvieron tal o cual trayectoria similar  en sus grandes o pequeños rasgos:  uno de sus progenitores  salió de Europa-  la madre de  una  desde  Francia,  el  padre del  otro desde  Alemania-. Una se alcanzó a preguntar si ese personaje  público sería de los  buenos alemanes, hoy mayoría, o de los malos  nazis ( esos que obligaron a mi  tía y a mi prima  de 8 años a caminar 800 kilómetros para no cruzarse con ellos  en Paris y que por  compasión y con riesgo  de muerte escondieron a un judío en la “chambre de bonne”  de la mansarda del edificio hasta que   se   esfumó). 

Pero a diferencia de  uno  que otro  cundiboyacense  que  pretendía  ser  nazi  en la   Sabana de Bogotá sin caer en cuenta de su ridiculez como  supe de uno en concreto y creo  además recordar  lo que  cuenta la novela “Los Informantes” de Juan  Gabriel Vásquez, la cara  de  Rudy, como lo llaman  todos,  nunca  me   hizo  dudar.   

 Y el libro donde relata  cómo reconstruye la vida su padre y su papel en la Escuela Normal Superior demuestra de manera fluida y sensacional por qué no estaba equivocada. Con  esa necesidad  que  tenemos todos de averiguar nuestros orígenes,   por esa curiosidad que  lleva a  ir más allá   de la que Hommes  llama  la ”historia Oficial” de las familias, el autor rastrea minuciosamente  el pasado de su padre  alemán con evidente maestría  literaria. Y  no se diga  más,  porque el  adecuado suspenso vale la  pena.  

    ***

Las pocas  ocasiones en que  me  enteré de la vida de Rudolf Hommes  fueron,  desde  luego,   por su trayectoria  pública  como  director de crédito público, Ministro de Hacienda,  Rector de la Universidad de los Andes, candidato frustrado a la   alcaldía  de Bogotá, escritor de artículos en  El Tiempo,   o la revista Estrategia. Por oídas, también  autor de  investigaciones económicas y rumbero de la "Perse In"  es decir, la Perseverancia  rola.

En los  detalles no incluyo, porque no  vienen al  caso, diferentes perspectivas políticas  contrarias a las mías  ( neoliberal,   impulsador de una  apertura Gavirista,  a mi modo de  ver tan apresurada  como la   manera  del presidente  Gaviria  de   apoderarse de la  herencia política  del asesinado Luis  Carlos  Galán, etc. etc.)

Ese    puzzle  -como diría   Rudolf Hommes,  que  vivió 8 años en USA,  PHD en  Administración de   empresas  de la Universidad de   Massachusetts  en   Amherst, queda   completo en el libro  “Así lo recuerdo". Incluye sus  hazañas matrimoniales,  sus deslices estudiantiles y como militante de las tres revoluciones sexuales de los setentas y ochentas ( descritas con simpático lujo de detalles), vecino de  Ubaté como niño pequeño  de ruana y alpargata,  un libro  pletórico de detalles que alcanzan a armar un buen  rompecabezas. 

  Un   libro escrito  con un  gran  sentido del humor  que, como  humorista,   empieza   con un requisito ineludible:  la capacidad  de burlarse de sí mismo y de sus  circunstancias, lo que no  se da mucho por  estos lares de egos alborotados.

Pero también  está el hombre de principios. ¿Cómo integrar a las dos  Colombias? Se pregunta   el autor cuando describe una de las dos Colombias: “la  Colombia  fría (que) no siente  empatía y es incapaz de perdonar, aferrada  a códigos estériles,  a preservar sus privilegios y a conservar sus odios?”  ( pág. 433) 

Prefiere, como yo, esa otra Colombia,  integradora. La percibe Hommes  a pesar  de  sus  descripciones  que ignoran o  dejan entrever ciertas rivalidades con personas   opuestas  como  Guillermo  Perry y  otros protagonistas. Se compensa con causas y propuestas como focalizarnos en  superar la informalidad laboral, liberarnos del exceso de   dependencias  de petróleo y materias primas, impulsar la  igualdad  en la educación y ponerle coto a lo que llama “una abismal  ausencia de liderazgo y de visión de  políticos,  técnicos  y empresarios” ( 441) . 

En otras palabras, un libro que  sorprende,  hace reír,   escandalizará  a los mojigatos  y se devora.